Esta herramienta pasa de positiva a una amenaza real en las manos equivocadas
En tiempos de pandemia la geolocalización ha sido una herramienta fundamental de las políticas gubernamentales que buscan frenar el contagio masivo del Covid-19 y precautelar la vida de las personas que forman parte de los grupos de riesgo.
De esta manera, Corea del Sur (un ejemplo claro de que esta política funcionó) logro mitigar la propagación del Covid-19 y pasaron de ser el segundo país con mayor contagio después de China a inicios de año, a ser uno de los pocos países que manejo de forma eficiente y adecuada la pandemia, que hoy por hoy afecta a todo el mundo y en especial al continente americano.
Sin embargo, el uso de este sistema tecnológico para ubicar a las personas infectadas y los posibles sitios de contagio, le causó al gobierno coreano serias críticas por la divulgación de información personal de sus ciudadanos por medio de las aplicaciones que proporcionan información a sus usuarios a cerca de las zonas con riesgo de contagio.
Tal y como vemos en este ejemplo, la geolocalización es una herramienta de innovación tecnológica “positiva”, que en casos similares puede evitar serios problemas que a la larga causen al Estado un considerable gasto público.
Sin embargo, la geolocalización no es algo nuevo, más bien es una herramienta que ya ha sido utilizada en algunos casos para restringir libertades de los ciudadanos. Por ejemplo, sirve para vigilar el cumplimiento de la jornada laboral de trabajadores que por su actividad tienen que moverse de un lado a otro y no permanecen en sus oficinas.
En el caso chino, la geolocalización ha “evolucionado” con la puesta en órbita del satélite “Beidou” que completa su sistema de navegación de uso civil y militar, ello con el objetivo de competir con el GPS estadounidense, el Galileo europeo y el GLONASS ruso. Este sistema de navegación busca proporcionar a la dictadura china mayor control sobre sus ciudadanos, fortalecimiento de su equipo militar, ubicación de sus detractores políticos y menor dependencia de su principal rival Estados Unidos.
Para empresas privadas, en cambio, esta herramienta ha sido un arma de doble filo. Si bien les ha ayudado a controlar el nivel de rendimiento de sus trabajadores y la cantidad de horas reales que dedican a su labor, en algunos casos esta herramienta ha proporcionado a su empleador información privada y personal de sus empleados, puesto quela mayoría de estas aplicaciones permiten conocer sus rutas habituales en tiempo real.
Con estas aplicaciones incluso el empleador puede saber a qué velocidad conduce su empleado. Es decir, los datos e información que proporcionan estas aplicaciones sirven prácticamente como una ficha entrada y salida de la oficina. De hecho, algunas de ellas son tan sofisticadas que incluyen sistemas de identificación mediante huella digital o reconocimiento facial para evitar que la persona intercambie su celular con otra.
Este método innovador de control del personal de una compañía, en la mayoría de casos causa en las personas que están bajo dicha supervisión una efectividad positiva por encima de la pérdida de tiempo y se ha visto en algunos casos un incremento considerable de la productividad de la compañía.
Pero, ¿hasta qué punto es legal y sensato indagar en la vida de las personas con la finalidad de precautelar el interés de la compañía o del gobierno?
El Artículo 3 de la Carta Internacional de Derechos Humanos estable que: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona” y el artículo 12 dispone que: “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.
Esto implica que ninguna persona, sea esta natural o jurídica o incluso el mismo gobierno, está autorizado para someter a control 24/7 a ningún individuo, más aun si ello conlleva la divulgación de sus datos personales o información privada de su ubicación o fotografías que puedan comprometer su intimidad y privacidad.
Un ejemplo de ello, es el caso de una trabajadora estadounidense que fue despedida por haber borrado de su celular la aplicación de geolocalización denominada XORA que su empleador le había exigido descargarse para llevar un control sobre su horario labora. Ello conllevo a que la ex trabajadora demande a sus ex jefes por despido improcedente.
Otro ejemplo es el de IKEA (Francia) en 2013, donde tres de sus directivos fueron imputados por espiar a sus trabajadores. En este caso, la compañía había llegado a un convenio con una empresa de seguridad privada encargada de indagar en los archivos policiales de sus trabajadores.
Por tal motivo, esta herramienta pasa de ser positiva a un atentado en contra de la libertad, intimidad y privacidad de las personas y debería ser usada únicamente en casos de emergencia, con las debidas regulaciones y supervisión. Sobre todo, su utilización debe estar amparada en la normativa legal vigente y respetar los derechos humanos y las libertades de todos los ciudadanos y/o trabajadores.
Sin lugar a dudas, nada justifica la intromisión en la vida, intimidad y privacidad de los seres humanos.
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