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Foto del escritorFrancisco Mendoza

PREGUNTA 4 | Por qué votar NO


PREGUNTA 4.- ¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República del Ecuador para que nunca prescriban los delitos sexuales en contra de niñas, niños y adolescentes, según el Anexo 4?​

Es claro que la pregunta incluida en la consulta responde a hechos concretos suscitados en los últimos meses en relación a estudiantes (menores de edad) que han sufrido abusos en escuelas y colegios público y privados.

La pregunta es incluida en la consulta para que la ciudadanía opte por el sí o el no al calor de los hechos recientes.Por lo tanto, la ciudadanía acudirá a las urnas con un no tan ligero sesgo que no le permitirá evaluar las verdaderas repercusiones de esta pregunta y debatir seriamente el camino a seguir.

  1. Una violación no deja de ser violación por el hecho de que el crimen sea perpetrado a una mujer o un hombre que supera los 18 años de edad, al igual que una violación a un menor de edad. El delito es la violación, pero estamos tratando a este delito según la edad de la víctima. ¿Por qué? ¿Si el crimen es uno solo, no debería ser castigado por igual?

  2. Existen delitos como el homicidio que prescribirán mientras que el abuso a menores no lo hará. Es decir estamos combatiendo y haciendo más costoso el abuso sexual a menores mientras que asesinar un mayor de edad no resultaría tan “costoso” para quien comete el crimen. Esto derivará en que los crímenes varíen.

  3. Otro factor que se puede argumentar con el fin de justificar la no prescripción de este tipo de delitos es que el tiempo que transcurre entre la perpetración del delito y la denuncia puede tardar varios años, como se ha evidenciado en distintos países de la región y en casos relacionados a la iglesia. Sin embargo, “del 100% de denuncias [por agresión sexual] el 80% de los agresores se encuentra en el entorno familiar”. Esto significa que al no prescribir el delito, los medios para evitar la denuncia se prolongarán y se intensificarán (maltrato,amenazas,etc), agravando la situación de la víctima.

  4. De igual manera, al no prescribir el delito de abuso sexual a menores, se podría considerar que el victimario opte por otro tipo de delito que prescriba y, de esta forma, reducir el riesgo de tener que pagar por el crimen cometido. Esto es aún más probable cuando la víctima se encuentra dentro de su círculo familiar.

  5. Aumentar el periodo de tiempo para denunciar este tipo de crímenes no proporciona mayores herramientas a la víctima para que efectivamente lo haga.

  6. ¿La no prescripción del delito convertirá a la función judicial en una función más eficiente en este tipo de delitos?

  7. Una consulta popular puede ser aprovechada para confirmar el deseo de la población en cuanto al castigo aplicable por un delito, siempre y cuando no vaya en contraposición a las penas establecidas en otros delitos. Evaluando la propuesta actual, podemos concluir que de ganar el sí el gobierno implementará una modificación legal que atenuará los reclamos por los casos de abuso sexual a menores ocurridos en los últimos meses. Sin embargo, no se incrementan las penas a infractores y no se plantean mejores y nuevos sistemas de detección de esta clase de abuso.


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